Las bases de la convocatoria del Plan Renove de Electrodomesticos 2023 han sido publicadas en el Doga del día de hoy y los criterios de tramitación y documentación se mantendrán conforme los establecidos en la convocatoria del 2022 y las entidades colaboradoras que participaron en la convocatoria del 2022, tramitarán Acompañamos un resumen de las bases de la Convocatoria 2023 para su adhesión como entidad colaboradora:
Plan Renove de Electrodomésticos 2023:
Financiación
La cantidad destinada para esta convocatoria de ayudas asciende a 3.000.000 €
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes quedará abierto desde el 8 de febrero de 2023 a las 9.00 horas y hasta el 30 de septiembre de 2023 o agotar fondos.
Equipos subvencionables y cuantía de la ayuda por tipo de consumidor
Electrodomésticos subvencionables | Consumidor general |
Consumidor vulnerable | Consumidor vulnerable severo |
Frigorífico y frigorífico – congelador con clasificación energética A, B,C y D |
150€ | 300€ | 450€ |
Congelador con clasificación energética A, B,C y D |
150€ | 300€ | 450€ |
Lavadora con clasificación energética A, B y C |
100€ | 200€ | 300€ |
Lavavajillas con clasificación energética A, B y C |
100€ | 200€ | 300€ |
Encimeras de inducción total | 100€ | 200€ | 300€ |
Un beneficiario sólo podrá recibir ayuda por la sustitución de un único electrodoméstico de cada una de las tipologías de equipos incluidos y con un máximo de tres electrodomésticos por beneficiario.
La cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25% del precio del electrodoméstico para un consumidor general, del 50% para consumidores vulnerables y del 75% para consumidores vulnerables severos.
Adhesión de los comercios: Entidades colaboradoras
Plazo de adhesión: desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el DOGA, 18 de enero de 2023 a las 9:00 h hasta el 30 de junio de 2023
Presentación telemática: deberá tener un Certificado digital de la persona física y la documentación establecida en las bases reguladoras, la deberá anexar en la aplicación en formato pdf.
A través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia ( https://sede.xunta.gal ) o bien desde la página Web del Inega ( http://www.inega.gal ).
a) Adhesión simplificada
Esta forma de adhesión esta únicamente dirigida las entidades colaboradoras que participaron en el procedimiento de gestión de las subvenciones para la renovación de electrodomésticos, de la anualidad 2022.
Por defecto a aplicación informática cubrirá los anexos con los datos disponibles de la convocatoria de adhesión de entidades colaboradoras que participaron en el procedimiento de gestión de las subvenciones para la renovación de electrodomésticos, de la anualidad 2022
Para acceder a la aplicación informática y solicitar la adhesión simplificada, utilizará el usuario y la contraseña otorgados por el Inega en la convocatoria 2022.
Una vez generada la solicitud normalizada (anexo II) y el convenio de colaboración (anexo III), deberá presentarlos por vía electrónica de conformidad a lo establecido.
b) Adhesión Común (altas nuevas entidades colaboradoras)
La primera vez que acceda a la aplicación como entidad colaboradora se le asignará un usuario y contraseña y serán válidos para consultar el estado de su solicitud de adhesión y para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.
La primera vez que la entidad colaboradora acceda a la aplicación se le asignará un usuario y contraseña y serán válidos para consultar el estado de su solicitud de adhesión y para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.
Documentación para presentar:
- Formulario de la solicitud firmado (Anexo II).
- Dos copias del convenio de colaboración firmadas. (Anexo III).
- Documento acreditativo de poder suficiente del representante legal de la entidad.
Comprobación de datos por la administración previa autorización:
- NIF de la entidad solicitante cuando sea una persona jurídica.
- DNI/NIE de la persona solicitante cuando sea una persona física.
- DNI/NIE de la persona representante.
- Certificado de estar al día en el pago con la AEAT.
- Certificado de estar al día en el pago con la Seguridad Social.
- Certificado de estar al día en el pago con la Hacienda Autonómica.
- Certificación de alta en el Impuesto de actividades económicas cuando la entidad colaboradora sea una empresa.
El plazo máximo para que desde el Inega resuelva sobre su adhesión como entidad colaboradoras es de 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
Es importante que tramiten su adhesión lo antes posible para que antes del 8 de febrero, fecha en la que se abre el plazo para presentar las solicitudes de ayuda tengan resuelta su adhesión.
Para más información, acompañamos las bases de la convocatoria y los teléfonos de contacto del Inega: 981 54 15 00
Pinche para descargar: Bases Plan Renove 2023