Después de la publicación en el BOE del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”, desde ADEN queremos hacer las siguientes recomendaciones:
1. PRIORIDAD PRINCIPAL EN EL MOMENTO ACTUAL
La prioridad principal en el momento actual es la protección de las personas en todo el territorio nacional al haberse declarado estado de alarma para los próximos 15 días.
2. LIMITACIÓN DE LA CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS: Las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las actividades indicadas en el artículo 7 del citado Real Decreto (ver documento anexo), son especialmente relevantes los apartados: 7.1.a) “de primera necesidad”, 7.1.c) “desplazamiento al lugar de trabajo”, 7.1.g) “situación de necesidad” y 7.1.g) “habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada”.
Entendemos que existen compras que serán de necesidad durante el estado de alarma. Interpretando la norma, algunos ejemplos podrían ser: – Avería de un electrodoméstico que afecte a funciones básicas de los ciudadanos y que necesite una respuesta no aplazable pues afectaría a la función de poder conservar los alimentos (frigorífico, congelador, etc.); a la preparación de los alimentos para su consumo (microondas, placa de cocina, etc.); equipamientos básicos para la higiene (termo eléctrico, calentadores de gas, lavadoras, lavavajillas); elementos de calefacción, etc.
3. RESTRICCIONES EN EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES
La apertura de los establecimientos será siempre voluntaria, no estando obligadas a abrir.
Recomendamos continuar la prestación del servicio pero siempre limitando el acceso de los clientes en número y, si es posible, atendiendo desde la puerta del local.
En el artículo 10 se limita la apertura de las empresas comerciales. En relación a las diferentes casuísticas y teniendo en cuenta los sectores representados por las empresas pertenecientes a ADEN, podría desarrollarse la actividad comercial en los siguientes casos:
Bienes de primera necesidad:
• Frigoríficos
• Congeladores
• Lavadoras
• Lavavajillas
• Termos y calentadores
• Microondas
• Hornos
• Placas y/o cocinas..
Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones:
• Ordenadores
• Televisores
• Teléfonos…
Comercio por internet, telefónico o por correspondencia
Entendemos que las compras/ventas contempladas en estas casuísticas podrán realizarse durante el estado de emergencia, PERO SIEMPRE CUMPLIENDO CON LAS RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD ESTABLECIDAS POR LAS AUTORIDADES.
1. SI LA PERSONA TRABAJADORA SE ENCUENTRA ENTRE LA POBLACIÓN DE ESPECIAL RIESGO (personas mayores o con patologías previas que le hacen muy vulnerables, en base a las informaciones existentes en el momento actual, la recomendación de ADEN sería PRECAUCIÓN EXTREMA y evitar al máximo cualquier riesgo de exposición al contacto. En el resto de los casos, la recomendación es seguir las pautas recomendadas por las autoridades sanitarias para la prestación del servicio, teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
a. RESTRICCIONES EN EL ACCESO AL ESTABLECIMIENTO: En el establecimiento comercial, en base a su tamaño y características habría que limitar el aforo y control de la entrada estableciendo turnos de accesos y debiendo guardarse cola en el exterior (recordando a los clientes mantener la distancia de seguridad entre ellos y con el personal del establecimiento). El objetivo es que dentro del establecimiento se mantenga siempre la distancia de seguridad. En los medios de pago será preferente el utilizar medios telemáticos para evitar los riesgos por contacto. En caso de atender con un mostrador, colocar algún dispositivo (cinta o similar) que señale la distancia de seguridad. Tratar de usar siempre que sea posible mascarilla y guantes desechables tras su uso. Asimismo, disponer de algún desinfectante tanto para las manos como para las superficies de contacto que puedan ser contaminadas al ser tocadas por alguna persona portadora (según las informaciones actuales el COVID-19 puede permanecer activo 12h en una superficie contaminada por contacto).
b. ENTREGA DE PRODUCTOS: Los productos podrán ser entregados bien en el establecimiento (ver apartado anterior) o en el domicilio del cliente. En este segundo caso, establecer protocolos en la entrega para minorizar los riesgos de posibles contagios en el lugar de la entrega (solicitar distancia de seguridad al cliente, preguntar previamente si hay alguien con síntomas para extremar la precauciones, utilizar guantes y mascarillas, etc.)
c. PROMOCIONAR EL CONTACTO TELEFÓNICO U POR OTRA VÍA TELEMÁTICA CON LOS CLIENTES: Como ya se ha mencionado, todos los contactos entre personas y desplazamientos que puedan ser evitados ayudarán a que ENTRE TODOS DETENGAMOS EL COVID-19. Por ello, recomendamos que se fomente el contacto telefónico o por otra vía de comunicación a la base de clientes y en la publicidad del negocio con carácter previo a la visita a la tienda, al objeto de que el cliente sólo se desplazara a la misma si el producto estuviese disponible.
d. USO DE CARTELERÍA INFORMATIVA Es fundamental tener siempre presente las precauciones a tomar en la grave situación actual. Por ello, recomendamos tener carteles y hemos difundido el siguiente entre nuestros asociados.
Por último, trasladaros que desde ADEN entendemos que todo esto es muy complejo pero que debemos se conscientes que la gravedad de la situación es exteram y todos debmeos colaborar con las autoridades para priorizar la seguirdad y conseguir cuanto antes superar la crisis santiarias motivada por el Covid-19 que es conveniente priorizar la venta online o la atención telefónica a los clientes cuando sea posible.
¡¡MUCHO ÁNIMO!!