La Xunta de Galicia, abre una nueva edición de los bonos activa comercio y desde mañana ya pueden darse de alta los establecimientos como entidades colaboradoras.
Resumen de las bases:
Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de hasta 30 € para las compras realizadas en los comercios adheridos.
Se podrá usar cada bono hasta su agotamiento o, de ser el caso, hasta el agotamiento del crédito disponible en el programa.
El importe del bono se irá reduciendo en función del valor de la compra realizada, de acuerdo con los siguientes criterios:
– Descuento de 5 € en compras iguales o superiores a 20 € e inferiores a 30 €.
– Descuento de 10 € en compras iguales o superiores a 30 € e inferiores a 50 €.
– Descuento de 15 € en compras iguales o superiores a 50 €.
Todas estas cuantías se entienden con el IVA incluido.
Personas beneficiarias:
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5 de estas bases reguladoras. Para ser beneficiarias, tendrán que tramitar sus solicitudes conforme lo establecido en esta orden. Las ayudas se entenderán concedidas con el cambio de los bonos por las personas usuarias.
Adhesión Comercios:
El plazo para adherirse al programa será desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia ( desde mañana miércoles 23 de octubre de 2024) hasta el agotamiento del crédito disponible o, en todo caso, hasta el 15 de diciembre de 2024, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Podrán adherirse al programa bonos Activa comercio los establecimientos comerciales minoristas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia (establecimiento comercial en Galicia) y reúnan las condiciones legalmente establecidas para el ejercicio de su actividad.
b) Que sean personas empresarias autónomas o pequeñas y medianas empresas, de conformidad con el previsto en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
c) Que estén dados de alta en alguno de los grupos o epígrafes del IAE recogidos en el anexo I de esta orden.
Uso de los bonos:
Los bonos estarán disponibles en la web http://www.bonosactivacomercio.gal/ para su descarga por las personas usuarias desde lo 4 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024, excepto en caso de que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance los 2.500.000,00 €.
Para más información acompañamos las bases de la orden de ayudas para su descarga:
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20241022/AnuncioG0767-091024-0002_gl.pdf